El vía crucis que no acaba. Admitida a trámite la demanda contra los directivos de UPS por la venta de la empresa en Madrid.

20140124-183402.jpg El vía crucis de UPS en España no acaba. El problema enquistado de su filial en Madrid se arrastra durante dos lustros. Un juzgado de Madrid admite a trámite la querella presentada por los trabajadores de la empresa. UPS víctima de una legislación laboral incongruente y de un mal asesoramiento. Este desenlace se veía venir. La empresa americana no acierta a solucionar el confllcito con una plantilla enquistada en un largo conflicto laboral, con unos trabajadores encastillados en reivindicaciones ancladas en grandes indemnizaciones. Un sindicato escindido y maximalista que los sindicatos no pueden ni dominar. La empresa norteamericana no ha podido tener peor suerte con la legislación laboral española y con los tribunales de lo laboral, y ahora con los que le asesoraron con la venta a una empresa poco conocida en la logística, cuando otros empresarios rechazaron la operación, por no verla clara. Casi siempre han ido en su contra. Ahora la situación se deteriora tras la venta a ILC hace mas de un año. Seguramente quedará en nada pero es una muestra mas del maximalismo de la normativa española. COMUNICADO DE LOS SINDICATOS El Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid admite a trámite la querella presentada por los trabajadores/as contra varios directivos tanto de la multinacional UPS como de la empresa ILC (Grupo ISN), implicados todos ellos en la operación llevada a cabo por ambas empresas contra la plantilla de UPS Vallecas. Entre los imputados se encuentran Daniel Carrera, como director general de UPS en España y Fermín Elizalde Urmeneta como Administrador único de ILC, según ha informado el comité de empresa de UPS en un comunicado. Los autos recogen que “de la descripción de los hechos y la documental aportada se desprenden, en esta fase procesal y sin perjuicio del resultado de las diligencias que se practique, indicios de la posible comisión de delitos contra los derechos de los trabajadores de los artículos 311 y 316 del Código Penal, así como delito contra la integridad moral en las relaciones laborales del artículo 173.1 del Código Penal, y delito de coacciones del artículo 172 del Código Penal en relación con el artículo 315 del mismo cuerpo legal”, por lo que procede la imputación de todos los querellados y se da traslado al Ministerio Fiscal. Al mismo tiempo se cita a declarar a todos los imputados el día 24 de marzo de 2014. www.maycarr.es]]>